Un cierto día, Fulanito, se arma de valor para ir a ver a su jefe para decirle que necesita exponerle un problema de tipo familiar. Fulanito, respira hondo, golpea la puerta con sus nudillos y entreabriendola con timidez pide permiso al titular del despacho, que es el responsable de la gestión del personal, para entrar. Con voz grave le dice el jefe "adelante, Lupiáñez", y Fulanito Lupiáñez con carita de bueno, de simpático, vamos...carita de pedir...le menciona las palabras "ADOPCIÓN INTERNACIONAL".
-¿Adopción? ¿Qué es eso? Le responde el ocupante del despacho. Y luego el pobre Fulanito tiene que pacientemente escuchar las "batallitas" al respecto del gerente de personal: Que si tiene una vecina que tuvo que adoptar en Soria, que si a su prima la coja la abandonó el marido y tuvo que dejar al bebé en la puerta del convento y demás historietas de gran provecho, escuchadas todas con cara de muchísimo interés.
No continúo esta novelita, porque cada uno puede continuarla según sus propias experiencias; no obstante, imagino que muchos os habréis encontrado con este tipo de respuesta al exponer las razones de porqué os tenéis que ausentar de vuestros respectivos empleos por una temporada...
No es de extrañar; nadie que esté en su sano juicio se pondría a estudiar los casos de adopción y de cómo los ampara la Ley, a no ser que quisiera tener hijos y no pudiera de otra manera. Lo que no entiendo es que aún habiendo cada vez más parejas con problemas de fertilidad (que vamos camino de la extinción, como los dinosaurios), no estén estos supuestos más "rodados" y asumidos por las empresas.
Esta semana, estando yo fuera, me llamó Igone bastante desanimada por la perspectiva de que la empresa la ponga de patitas en la calle. ¡Vamos, que ya está avisada! Los muy "cucos", como saben que despedirla (o intentarlo) en plena suspensión de contrato por adopción es improcedente, la están avisando de que a la vuelta de la baja por maternidad ya se puede ir preparando.
Arguyen todo tipo de sandeces, así que hoy nos hemos pasado casi todo el sábado estudiándonos las leyes pertinentes para restregárselas por los morros. A saber:
1.- Ley Inicial 8/1980
2.- Estatuto de los trabajadores de 1995
3.-XV Convenio de las industrias químicas
4.- Ley 39/1999 de la Conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras
Y si no hubiera que ir a la universidad para que te den el título de "picapleitos", hoy mismo nos habíamos licenciado en leyes Igone y yo...¡Vaya chapada!
-¿Adopción? ¿Qué es eso? Le responde el ocupante del despacho. Y luego el pobre Fulanito tiene que pacientemente escuchar las "batallitas" al respecto del gerente de personal: Que si tiene una vecina que tuvo que adoptar en Soria, que si a su prima la coja la abandonó el marido y tuvo que dejar al bebé en la puerta del convento y demás historietas de gran provecho, escuchadas todas con cara de muchísimo interés.
No continúo esta novelita, porque cada uno puede continuarla según sus propias experiencias; no obstante, imagino que muchos os habréis encontrado con este tipo de respuesta al exponer las razones de porqué os tenéis que ausentar de vuestros respectivos empleos por una temporada...
No es de extrañar; nadie que esté en su sano juicio se pondría a estudiar los casos de adopción y de cómo los ampara la Ley, a no ser que quisiera tener hijos y no pudiera de otra manera. Lo que no entiendo es que aún habiendo cada vez más parejas con problemas de fertilidad (que vamos camino de la extinción, como los dinosaurios), no estén estos supuestos más "rodados" y asumidos por las empresas.
Esta semana, estando yo fuera, me llamó Igone bastante desanimada por la perspectiva de que la empresa la ponga de patitas en la calle. ¡Vamos, que ya está avisada! Los muy "cucos", como saben que despedirla (o intentarlo) en plena suspensión de contrato por adopción es improcedente, la están avisando de que a la vuelta de la baja por maternidad ya se puede ir preparando.
Arguyen todo tipo de sandeces, así que hoy nos hemos pasado casi todo el sábado estudiándonos las leyes pertinentes para restregárselas por los morros. A saber:
1.- Ley Inicial 8/1980
2.- Estatuto de los trabajadores de 1995
3.-XV Convenio de las industrias químicas
4.- Ley 39/1999 de la Conciliación de la vida familiar y laboral de las personas trabajadoras
Y si no hubiera que ir a la universidad para que te den el título de "picapleitos", hoy mismo nos habíamos licenciado en leyes Igone y yo...¡Vaya chapada!